Por: César Octavio Huerta (@zorrotapatio)
11 de agosto 2016.- Cobrar en efectivo, tener tarifas dinámicas y prestar al mismo tiempo el servicio de pasajeros a distintos usuarios, aún cuando su punto de origen y destino sea la misma dirección (Uber Pool), son tres infracciones graves que serán sancionadas por la Secretaría de Movilidad.
Esto según la reforma al reglamento de la Ley de Movilidad y Transporte de Jalisco que entró en vigor ayer tras ser publicada por el Gobernador, Jorge Aristóteles Sandoval en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco.
Las unidades de Uber, City Drive y Cabify que cometan alguna de estas infracciones consideradas como graves, podrían ser castigadas con la revocación de su permiso.
La reforma establece también que las Empresas de Redes de Transporte deberán esperar la convocatoria de la Secretaría de Movilidad (Semov), registrarse, obtener la autorización y después incorporar a las unidades y sus conductores al Registro Estatal de Movilidad y Transporte.
Además, el reglamento señala que las autorizaciones tendrán una vigencia anual y serán concedidas por la Secretaría de Movilidad, al tener la facultad de negar el otorgamiento de más permisos cuando determine que esa acción podría generar un "impacto negativo", lo que va en contra de la opinión de la Comisión Federal de Competencia, que el año pasado estableció que cualquier regulación estatal debe fomentar la libre competencia económica.
Y no sólo eso, la reforma establece que los choferes deberán proporcionar a Movilidad toda la información referente a los viajes y los vehículos, lo que podría atentar contra el derecho a la privacidad de las personas, pues según la constitución para hacerse de esos datos se requiere de una orden judicial.
Sobre los vehículos, el reglamento indica que no deberán portar ningún tipo de publicidad, exceder las siete plazas. Lo que obligatoriamente deberán tener son aire acondicionado, un mínimo de cuatro puertas, una cajuela o quinta puerta, cabeceras, cinturones de seguridad para todos los pasajeros, frenos ABS, bolsas de aire, equipo de herramientas, una lámpara sorda, señalamientos reflejantes, un botiquín de primeros auxilios y un extintor.
En el caso de que algún usuario quiera presentar una queja, se señala que la Semov sólo atenderá reclamos por la prestación del servicio de transporte y no se meterá en los casos sobre el funcionamiento y soporte virtual de la aplicación móvil o el sistema electrónico de pago.
Se vuelve a equivocar en alcoholimetría
Al reformar el reglamento de la Ley de Movilidad y Transporte de Jalisco, el Ejecutivo estatal se volvió a equivocar. Indica, de manera incorrecta, los límites de miligramos de alcohol por litro de aire espirado a la hora de hacer una prueba de alcoholimetría, un error que podría dejar libres a los choferes del transporte público que conduzcan en estado de ebriedad.
El 09 de noviembre de 2013, el gobernador Aristóteles Sandoval publicó el reglamento de la Ley de Movilidad con una equivocación en los parámetros de las pruebas de alcoholimetría, lo cual corrigieron tres días después con la publicación de una fe de erratas del Periódico Oficial. Sin embargo, en esta nueva reforma volvieron a equivocarse al dejar el mismo error publicado la primera vez.
Estas son las reformas al Reglamento de la Ley de Movilidad y Transporte de Jalisco: