25 de marzo de 2025.-Si pagar el consumo de agua fuera una materia, la Universidad de Guadalajara estaría totalmente reprobada. Y es que desde hace más de 40 años, la institución no paga una sola gota al Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado (SIAPA).
No es solamente el agua que se usa en los baños de los centros universitarios, mismos que están en pésimas condiciones, según la comunidad estudiantil. La UdeG tampoco paga un solo peso por el consumo de agua en el Auditorio Telmex, en el Teatro Diana ni el Conjunto de Artes Escénicas.
Estos lugares son utilizados con fines de lucro por la Universidad, y sin embargo, tampoco ahí pagan el recibo del SIAPA, a diferencia de otros sitios que operan bajo la misma lógica, pero que sí están al corriente con sus recibos.
Pos si faltara aclararlo, la UdeG tampoco paga un solo peso por el consumo de agua en centros universitarios, bibliotecas, museos o incluso en la misma Rectoría General.
Todo esto sucede porque la UdeG argumenta que la Ley Orgánica de la Casa de Estudios le exenta de pagar el servicio. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó en 2010 que todas las instituciones públicas, incluyendo las universidades, tienen la obligación de pagar por los servicios de agua y saneamiento.
Uno de los férreos defensores del no pago es el diputado del Congreso de Jalisco, Tonatiuh Bravo Padilla, quien siendo rector entre los años 2013 y 2018 se atrincheró en un discurso de no pago, legislador que actualmente busca impedir una reestructura tarifaria del SIAPA, organismo que se encuentra en crisis precisamente por la falta de pagos de grandes morosos como la Universidad de Guadalajara.
En el año 2011 los adeudos de la UdeG ascendían a 233 millones de pesos y hubo el amago de perdonar el adeudo a cambio de asesorías y colaboración.
Su justificación
La Universidad de Guadalajara ha justificado históricamente su negativa a pagar el agua basándose en su Ley Orgánica la cual en el Artículo 87 establece que "Los ingresos que la Universidad obtenga por cualquier concepto y los bienes de su propiedad, no estarán sujetos a impuestos, ni a derechos estatales y municipales de conformidad con la legislación aplicable. Asimismo, estarán exentos de gravámenes estatales y municipales los actos o contratos en que intervenga la Universidad...".
No obstante, la postura de la UdeG contradice resoluciones judiciales de la más alta instancia del país. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ya determinó en 2010 que todos los inmuebles, así sean de carácter público, tienen la obligación de pagar por los servicios de agua y saneamiento.
Adicionalmente, la Asociación Nacional de Empresas de Agua y Saneamiento (ANEAS) ha cuestionado la negativa de la UdeG a pagar, recordando que los organismos operadores tienen la facultad de cobrar por el servicio amparados en las resoluciones de la SCJN, incluso a instituciones públicas.
Jurisprudencias han declarado inconstitucionales reformas de leyes estatales de agua que buscaban exentar del cobro a universidades, al considerar que contravienen el Artículo 115 constitucional.